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Falsificación de Instrumento Privado o Mercantil

Consiste en la alteración del contenido de algún documento de carácter privado emitido por un tercero y que a su vez produzca un perjuicio.

Penas

El delito de Falsificación de Instrumento Privado se sanciona con penas que van de 61 días a 5 años (Presidio menor en cualquiera de sus grados) y multa de 11 a 15 unidades tributarias mensuales.

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