De acuerdo con la Ley de Tolerancia Cero Alcohol, para presentar uno de estos dos estados, se debe contar con los siguientes porcentajes de gramos alcohol por litro de sangre:
- Bajo la influencia del alcohol: entre 0,31 y 0,79.
- Estado de ebriedad: desde 0,8 en adelante.
Si el conductor presenta estado de ebriedad, y es culpable de un accidente de tránsito en el que se produzcan lesiones que dejen al afectado demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante, o notablemente deforme, las sanciones son:
- Presidio de 541 días a 3 años y un día. (Si causa la muerte, el presidio puede ser de 5 años y un día a 10 años).
- La prohibición de conducir durante toda su vida.
- Una multa de 8 a 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
- Incautación del vehículo.